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Jueves, 21 de noviembre de 2024

Paso 1 de 4: Contrato de Adhesión

  • CONTRATO DE ADHESIÓN DE SERVICIO BANCA ELECTRÓNICA POR INTERNET

     

     

    CONTRATO DE PRESTACIÓNDEL SERVICIO BANCA ELECTRÓNICA POR INTERNET quien conviene en celebrar por unaparte la Sociedad Cooperativa denominada:  CAJA POPULARNUESTRA SEÑORA DE TONAYA, SOCIEDADCOOPERATIVA DE AHORRO Y PRÉSTAMO DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, de siglas S.C. de A.P. de R.L. de C.V. aquien en lo sucesivo se denominará como "LA CAJA", representado en este actopor la C. __________________________  ypor otra parte el Socio C.  ____________________ con número deSocio__________________a quien en lo sucesivose denominará como "ELSOCIO", quienes podrán ser denominados en forma conjuntacomo "LAS PARTES", los cuales se sujetan al tenor de lassiguientes declaraciones y cláusulas contenidas en el presente contrato.

     

    D E F I N I C I O N E S

    Paralos efectos de interpretación y cumplimiento del presente contrato se entenderápor:

    · Aplicación: al programa informático descargable en Tiendas Digitalesdiseñado para facilitara "EL SOCIO" el manejo de sus cuentastanto de ahorro como de préstamo que tenga contratado con “LACAJA”.

    · Autenticación: al conjunto de técnicasy procedimientos consistentes en validar la identidad de "ELSOCIO" o “LACAJA” de manera previa y duranteel inicio de una Sesión mediante certificados electrónicos, enmascaramiento dedatos y factores de autenticación; con la finalidad de identificar:

    o   La facultad de “EL SOCIO” pararealizar operaciones a través del Servicio Electrónico por Internet.

    o   La facultad de “LA CAJA”para recibir instrucciones a través del Servicio Electrónico porInternet.

    · Bloqueodel servicio: al proceso mediante el cual se inhabilita el uso del servicio deforma temporal.

    · Cancelación:a la baja definitiva del Servicio Electrónico por Internet.

    · Cifrado: al mecanismo que deberá utilizar “LACAJA” para proteger la confidencialidad de información mediantemétodos criptográficos en los que se utilicen algoritmos y llaves deencriptación.

    · Código de Activación: al código de un solo uso que deberá utilizar "EL SOCIO" para la activacióndel Servicio Electrónico por Internet o restablecimiento de lacontraseña.

    · Contraseña:a la cadena de caracteres que autentica a "ELSOCIO" en los MediosElectrónicos o en el Servicio Electrónico por Internet.

    · NIP:Código numérico de 4 dígitos.

    · Banca en Línea: ala plataforma tecnológica a través de la cual “LA CAJA”proporcionará el ServicioElectrónico por Internetpor medio de navegadorespara computadoras, tabletas o teléfonos inteligentes.

    · Banca Móvil: ala plataforma tecnológica a través de la cual “LA CAJA”proporcionará el ServicioElectrónico por Internetpor medio de aplicativos descargables para tabletas y teléfonosinteligentes.

    · Cuentasde Depósito: a los depósitos de dinero a la vista, de ahorro, a plazo fijo,retirables en días preestablecidos y retirables con previo aviso.

    · CuentasDestino: a las cuentas receptoras de recursos dinerarios en transaccionesmonetarias.

    · Desbloqueodel servicio: al proceso mediante el cual “LACAJA” habilita el uso delservicio que se encontraba bloqueado.

    · Dispositivode Acceso: al equipo que permite a "ELSOCIO" acceder al ServicioElectrónico por Internet.

    · Factorde Autenticación: al mecanismo de Autenticaciónutilizado por el "SOCIO", pudiendo ser representado por el Código deActivación, Contraseña o NIP según sea el caso.

    ·  FirmaElectrónica: Es el identificador de usuario de "EL SOCIO" que haya contratado el Servicio Electrónicopor Internet, en conjunto con su contraseña deacceso a la plataforma, NIP o factores biométricos que autentican a "EL SOCIO"; a través de la cual aprueba la información e instrucciones transmitidas y que acreditan laoperación; contando con los efectos jurídicos de la Firma Autógrafa, siendoadmisible como prueba en juicio en los términos de la legislación aplicable.

    ·  Geolocalización:Es la ubicación geográfica real rastreada a través de un teléfono móvilconectado a Internet.

    ·  HuellaDigital: a la Autenticación definida por el biométrico único de "EL SOCIO" basado en las características físicas de sus huellasdactilares.

    ·  Identificador de Usuario: ala cadena de caracteres, información de un dispositivo o cualquier otra información que conozca tanto “LA CAJA”como

    ·        "EL SOCIO",que permita reconocer la propia identidad de "EL SOCIO" parael uso del Servicio Electrónico por Internet.

    ·  InformaciónSensible de "EL SOCIO": ala información personal de "ELSOCIO" que contenga nombres, domicilios, teléfonos o direcciones decorreo electrónico, en conjunto connúmeros de cuenta, límites de crédito, saldos, Identificadores de usuarios oinformación de Autenticación.

    ·  Medios Electrónicos: alos equipos, medios ópticos o de cualquierotra tecnología, sistemasautomatizados de procesamiento de datos y redes de telecomunicaciones,ya sean públicos o privados y que previamente pacten las Sociedades con sussocios para la celebración de sus operaciones y la prestación de sus servicios.

    ·  Mensajesde Texto SMS: al mensaje de texto disponible para su envío en servicios detelefonía móvil.

    ·  Notificaciones Push:al mensaje de comunicación inmediato enviado por el Servicio Electrónico porInternet hacia el dispositivo móvil de "EL SOCIO".

    ·  Preguntade Seguridad: a la pregunta que se habilita en el primer inicio de sesión,misma que se utiliza como método de recuperación de contraseña en caso de olvido.

    ·  Restablecimiento:mecanismo mediante el cual se proporcionará un nuevo código de activación a "EL SOCIO" para que ingreseal Servicio Electrónico por Internety pueda establecer una nueva contraseña.

    ·  ServicioElectrónico por Internet: al servicio electrónico efectuadoa través de la red electrónica mundial denominada internet, a través de losportales "CP TONAYA Web" y las aplicaciones móviles "CP TONAYA Móvil" que “LA CAJA” pone a disposición de "EL SOCIO" para lacelebración de sus operaciones y la prestaciónde sus servicios.

    ·  Sesión:al periodo en el cual "EL SOCIO" podrá llevar a caboconsultas, transacciones monetarias, una vez que hayan ingresado al ServicioElectrónico por Internet con su Identificador de Usuario.

     

     

    ·        Suspensión Temporal del Uso delServicio: Proceso mediante el cual “LACAJA” inhabilita la Contraseña como medida de prevención cuando se presuma que el Identificador de Usuario ola Contraseña no está siendo utilizado por "ELSOCIO". Se reactivará el uso del servicio cuando “LA CAJA” confirme la identidadde "EL SOCIO" con el desbloqueo de la Contraseña.

    ·        Tiendas Digitales:al sitio de comercio especializado donde se pueden descargar aplicativosgratuitos o de pago.

    ·        Teléfono Móvil:a los Dispositivos de Acceso a servicios de telefonía, que tienen asignado unnúmero único de identificación y utilizan comunicación celular o de radiofrecuencia pública.

    ·        Transacción Monetaria:a la operación de traspasar dinero de las Cuentas de Depósitos a CuentasDestino, incluyendo el pago de crédito.

    ·        UDIS (Unidades de Inversión):Son unidades de cuenta cuyo valor en moneda nacional publica el Banco deMéxico.

    ·        Unidad Especializada de Atención aUsuarios o UNE: a la unidad o (área) que tienepor objeto atender las consultas, reclamaciones y aclaraciones de "ELSOCIO".

           Una vez realizadas las definiciones que contiene el presente instrumento "LAS PARTES" manifiestan su conformidad para someterse a  lo siguiente:

     

     

    DE C L A R A C I O N E S:

            I.           Declara "EL SOCIO" por su propio derecho que:

    a)      Es su deseo celebrar el presentecontrato con la finalidad de poder realizar las operaciones que se detallan másadelante, a través de un Servicio Electrónico que puede ser usando mediante i)la red electrónica mundial denominada internet por medio de navegadores paracomputadoras, tabletas o teléfonos inteligentes, o ii) una aplicación desoftware que puede instalarse en teléfonos inteligentes en lo sucesivo BancaElectrónica, por lo que está de acuerdo en sujetarse al contenido del presenteinstrumento.

    b)      Para hacer uso del servicio deBanca Electrónica contratado en este documento, “EL SOCIO” acepta quelos servicios financieros asociados a los contratos relacionados conoperaciones activas, pasivas o de servicios que hayan sido celebrados con “LACAJA” previamente o en el futuro, continuarán vigentes en todos sustérminos y condiciones a los términos y condiciones establecidos en dichoscontratos y seguirán surtiendo sus efectos con los alcances, en ellos pactados,por lo que el presente instrumento regula, únicamente, la forma en la cual “ELSOCIO” podrá realizar operaciones mediante la Banca Electrónica.

    c)      Bajo protesta de decir verdad, que los datos que manifiesta son ciertos, y faculta a “LA CAJA”para investigar y cerciorarse de la veracidadde la información por él presentada.

    d)      Que es una persona física, mayorde edad, en pleno uso y goce de sus facultades legales para celebrar elpresente contrato y para dar cumplimiento a las obligaciones que en el mismo seestablece, teniendo como domicilio en calle         # de la colonia

    dela localidad de                                                             CódigoPostal                                .

     

          II.           Declara “LA CAJA” por conducto de su Representante Legal:

    a)       Es una Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, constituida y en operación de conformidad con las leyes de los EstadosUnidos Mexicanos, según lo acredita en los términos de la Escritura PublicaNumero 2,326 otorgada el 08 de Julio del año 2010, otorgada ante la fe del Lic.Cesar Alejandro Uribe Vázquez Notario Público Número 1 de la Cuidad de El Grullo;Jalisco y cuyo primer testimonio se encuentra Inscrito en el Registro Públicode Comercio del Estado de Jalisco, el día 14 del mes de Julio del año 2010,bajo el documento 08 folios del 99 al 122 del Apéndice 84 del Libro Primero deComercio.

    b)       Que “LA CAJA” es una persona moralde conformidad con las leyes mexicanas y cuenta con la autorización de laComisión Nacional Bancaria y de Valores para operar como Sociedad Cooperativade Ahorro y Préstamo, en los términos de la Ley para Regular las Actividades dela Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, así como declara surepresentante legal que cuenta con la capacidad necesaria para comparecer a lacelebración del presente contrato y que sus facultades no le han sido revocadasni limitadas de forma alguna y que dentro del objeto Social de su representadase encuentra la facultad de celebrar el presente contrato.

    c)       Que su domicilio social se ubicaen la calle Javier Mina #110, colonia Centro, Código Postal 48760, CiudadTonaya; Jalisco,

    d)       Que cuenta con una página deinternet en la siguiente dirección: www.cajapopulartonaya.com.mx, correo Electrónico institucional: tonayacpgerencia@prodigy.net.mx,redes sociales activas: https://www.facebook.com/NuestraSenoradeTonaya/

    e)       Así mismo se le explico a “ELSOCIO” que las condiciones del presente contrato está a su disposición enla página ww.condusef.gob.mx y en las oficinas de “LA CAJA”.

    f)       Para recibir o activar el serviciocontenido en el presente contrato, deberá cumplir con los requisitos mínimosdel servicio descrito en el apartado correspondiente.

     

        III.           Declaran “LAS PARTES” demanera conjunta:

    a)      Reconocer la personalidad y capacidadjurídica que cada uno ostenta, así como no tener impedimento legal alguno paraobligarse, en términos del presente acto.

    b)      Que la celebración del presenteacto jurídico no contiene vicio alguno que pudiera afectar su validez y/oexistencia.

    c)      Es voluntad de los contratantesobligarse de conformidad con las siguientes:

     

    CLÁUSULAS

     

    PRIMERA. - OBJETO DELCONTRATO.  Elobjeto del presente contrato es establecer los términos y condiciones que regularánlas relaciones que surjan entre “LA CAJA” y “EL SOCIO” conrelación a las operaciones que podrán realizarse a través de la BancaElectrónica, mediante la cual, “LA CAJA” autoriza a “EL SOCIO” arealizar las operaciones a las que se hacen referencia en la cláusula OCTAVAdel presente contrato.

    Paraque el socio pueda realizar las operaciones mediante la Banca Electrónica,deberá de contar, previamente, con una computadora, tableta o teléfonointeligente, con un navegador de internet instalado previamente, así comocontar con servicio de internet, o haber descargado una aplicación de softwareen su teléfono inteligente y contar con servicio de internet en dichodispositivo, además deberá de proporcionar a “LA CAJA” el número de suteléfono inteligente y, en caso de que cuente con él, una dirección de correoelectrónico al momento de realizar la contratación.

    SEGUNDA.– CONTRATACIÓN E INGRESO AL SERVICIO. "EL SOCIO" deberá presentarseen cualquier sucursal de “LA CAJA”, previa identificación para solicitarla adquisición del Servicio de Banca Electrónica por Internet, para lo cual sefirmará el presente contrato y ya realizada la contratación  del servicio, “LA CAJA” hará delconocimiento al “EL SOCIO” los elementos técnicos y tecnológicos querequerirá para la utilización del servicio electrónico,  posteriormente deberá realizar la solicitudde alta a través de los canales digitales, página Web o Apps gratuitas disponiblesen las tiendas digitales.

    “ELSOCIO” deberá cubrir en su caso, los costos del servicio de internet en los queincurran como resultado de usar la Banca Electrónica.

    Trasla contratación de este, en un lapso máximo de 2 horas “LA CAJA” le enviará a "EL SOCIO” un correo electrónicomediante el cual se notificará la aprobación del registro, de “EL SOCIO”,para concluir el proceso de alta del servicio. deberá ingresar en “EstablecerContraseña”, donde le direccionará a la página web, para crear su nuevacontraseña, considerando las reglas señaladas para su determinación yconfirmación.

    Losdatos del correo electrónico, así como del teléfono móvil serán los que "EL SOCIO" haya registrado almomento de la contratación. "ELSOCIO" al momento derealizar el inicio de Sesión por primera vez en la aplicación móvil:

    a.    Bancaelectrónica Móvil (CP TONAYA MÓVIL) deberá ingresar su Identificador de Usuario previamente determinado por el propio socio y la nueva contraseña

    b.    “LA CAJA” registraráa "EL SOCIO" dentro delServicio Banca Electrónica por Internet después de identificarlo a través de suusuario y contraseña, o cualquierotro medio conocido o por conocer, que permita a “LA CAJA” identificar a "ELSOCIO" en el sistema. "ELSOCIO" designará una Contraseñapara ingresar al sistema, aceptando y reconociendo el carácter personal yconfidencial de la misma. “LA CAJA” podrá en todo momento, previa notificación a "EL SOCIO" a través de losmedios establecidos en la cláusula VIGESIMA denominada MODIFICACIÓN DELCONTRATO, mejorar la calidad de losservicios estableciendo modificaciones a las reglas de funcionamiento, deacceso o procedimientos de identificación, así como actualizar o eliminar algunas funciones de los sistemas.

    Para la conformación de la contraseña deberá considerar lassiguientes características:

    TERCERA:CONTRASEÑA DE ACCESO. Para el Servicio BancaElectrónica, la contraseña deberá contener una longitud mínima de 8 a 20caracteres, con al menos un carácter alfabético en mayúsculas o minúsculas, uncarácter numérico y de manera opcional podrácontener caracteres especiales.

    Laprimera vez que “EL SOCIO” ingrese a la Banca Electrónica, deberá elegiruna pregunta de seguridad dentro de una serie de preguntas de un catálogo, eingresará su respuesta. Dichas preguntas y respuestas serán del conocimientoexclusivo de “EL SOCIO”.

    Laspreguntas de seguridad, a que hace referencia el párrafo anterior, seránutilizadas en caso de olvido de la clave de acceso, para lo cual, el sociotendrá que elegir, desde la Banca Electrónica, la opción “¿Olvidaste tucontraseña?”, posteriormente, se le mostrará el catálogo de preguntasdisponibles y elegirá aquella que definió, en su primer ingreso a la BancaElectrónica, finalmente, ingresará las respuestas y podrá realizar suactualización, las veces que considere necesarias.

     “EL SOCIO”será totalmente responsable de adoptar medidas de seguridad apropiadas, paraevitar el acceso, sin autorización, a sus cuentas, a través de la BancaElectrónica. De igual manera, será responsable de seguir las instrucciones yparámetros para la utilización de los servicios

    Medidasde seguridad. Para garantizar la seguridad en el servicio,“LA CAJA” establece las siguientes condiciones de uso, mismas que serán responsabilidad de "EL SOCIO" porincumplimiento de las mismas:

    Bloqueodel servicio por los siguientes supuestos:

    a)   En forma automática cuando "EL SOCIO" ingrese de manera errónea su Contraseña, o cualquier otroFactor de Autenticación, en más de tres ocasiones.

    b)  Cierre de Sesión: se cerrará demanera automática cuando ocurra cualquiera de las siguientes situaciones:

    I.     Porinactividad tras haber transcurrido 1 minuto.

    II.   Alalcanzar el tiempo máximo de 20 minutos dentro del servicio, aún y cuando seestén realizando operaciones en ese periodo

    III.  Impediráel acceso en forma simultánea, mediante la utilización de un mismo Identificadorde Usuario a más de una Sesión e informar al Usuario, cuando el Identificadorde Usuario esté siendo utilizado en otra Sesión.

     

    CUARTA:USO INDEBIDO DE CONTRASEÑAS. Las contraseñas de acceso y de operacionesúnicamente serán conocidas por “EL SOCIO”, y deberán ser mantenidas por “ELSOCIO” en estricta reserva y confidencialidad, debiendo tomar en consideraciónlas recomendaciones y medidas de seguridad a las que se hacen referencia en la cláusulaDECIMA TERCERA, del presente contrato en cuanto al uso y manejo de la BancaElectrónica, a fin de evitar el uso indebido de la misma.

     

    “LASPARTES” convienen que “EL SOCIO” será el único responsable porcualquier uso indebido que se dé a su contraseña.

     

    “LASPARTES” acuerdan que “LA CAJA” no será responsable, en caso de losconocimientos que adquieran terceras personas, a través del servicio de laBanca Electrónica, sobre la información relacionada a las cuentas activas de “ELSOCIO”, o de operaciones que “EL SOCIO” haya realizado o realice con“LA CAJA”, a través del uso indebido de su contraseña.

     

     

     QUINTA: MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS DEIDENTIFICACIÓN. Previo a que "EL SOCIO" ingrese para el inicio de la Sesión a travésde CP TONAYA Web y CP TONAYA Móvil deberá seguir las indicaciones de seguridadque el propio sistema le señale, con la finalidad de asegurarse que se trata de"EL SOCIO" quien está iniciando la Sesión.

    Porseguridad de "EL SOCIO", elsistema le solicitará que digite su usuario previamente ya establecido y lesolicitará que proporcione la contraseña que creó para este efecto la cual se mostrará de forma enmascarada a través decaracteres especiales.

     SEXTA: GEOLOCALIZACIÓN. Paracumplir con regulaciones y en otros casos para implementar medidas deseguridad, durante la sesión en uso de los productoscontratados, sobre todo para el uso, “LA CAJA” puede recopilar y usarinformación que identifica la ubicación del dispositivo por medio del cual "ELSOCIO" ingresará a los Servicios y Contenidos de  CP TONAYA Web y  CP TONAYA Móvil así como la posibilidad derecabarlos en algunos medios de disposición de los productos contenidos en el presente contrato, esto mediante eluso de coordenadas de latitud y longitud y otros medios (en adelante la"Geolocalización"). En caso de que"EL SOCIO" no esté deacuerdo en que se recabe la Geolocalización de su dispositivo deberá abstenersede ingresar a CP TONAYA Web y CP TONAYA Móvil. Por los motivos anteriormente mencionados "EL SOCIO" otorga suconsentimiento expreso para que “LACAJA” obtenga a través de CP TONAYA Web y CP TONAYA Móvil, la geolocalización del dispositivo desde elcual "EL SOCIO" operará los servicios contratados.

    SEPTIMA: FACTORES DE AUTENTICACIÓN. Para efectode que "EL SOCIO" pueda realizar las operaciones del Servicio Banca Electrónica por Internet, el      sistema le pedirá su autenticaciónmediante lo siguiente:

    Para acceso a la aplicación es necesario que “ELSOCIO” registre su usuario y contraseña como primer factor de autenticación.

     así como deberá crear un PIN de 4 dígitos comosegundo factor de autenticación y que este será requerido para la realizaciónde operaciones, NotificacionesPUSH, siempre y cuando "ELSOCIO" tenga instaladas laAplicación “CP TONAYA Móvil ".

    Biométricos: Para el caso de dispositivos que cuente con esta función el socio podrá utilizar el reconocimiento facial, así como huellas dactilares.

    Ambas"PARTES" convienen en quela Contraseña y el PIN, identificación de huella digital o biométricos, son lasclaves para ingresar al Servicio Banca Electrónica por Internet, según sea el caso, y sirven de identificación oconfirmación de operaciones en el servicio. Estas serán utilizadas por “LA CAJA” de la misma manera y para los mismos propósitos y alcances que el nombrey la firma autógrafa de "ELSOCIO". Por lo que "LASPARTES" convienen en que el uso de los mismos sustituirá la firma autógrafa de "EL SOCIO" y producirán los mismos efectos que las leyesotorgan a los documentos firmados autógrafamente por "EL SOCIO" y en consecuenciatendrá el mismo valor probatorio.

     OCTAVA: OPERACIÓNES Y SERVICIOS QUE PODRAN REALIZARSE.- “LA CAJA” ofreceráa "EL SOCIO" a través delServicio Banca Electrónica por Internet la posibilidad de realizar:

    1)      Transferencias entre sus cuentas quetenga aperturadas en “LA CAJA”.

    2)      Transferencias a cuentas deterceros socios de “LA CAJA”.

    3)      Pago de préstamos propios o deterceros otorgados por “LA CAJA”, con dinero de sus cuentas de depósito,que tenga aperturadas en “LA CAJA”.

    4)        Consultas de Saldos, últimos 5movimientos o Estados de cuenta de los productos que tenga contratados con “LACAJA”.

    5)      Establecer límites máximospersonales para las operaciones realizadas mediante la Banca Electrónica, asícomo consultarlos y/o modificarlos.

    "EL SOCIO" podráadquirir nuevas funciones u operaciones del servicio instalados, así comorealizar algunas modificaciones a las condiciones actualmente convenidas, por medio del presente "EL SOCIO" aceptalas nuevas funcionesu operaciones, mismas que se le darán a conocer a través del mismo Servicio Banca Electrónica por Internet y que podrá adquirir una vez le seannotificadas. Para toda adquisición de funciones u operaciones, y modificación alas condiciones del servicio que realice "EL SOCIO", deberá ingresar una Contraseña como aceptación de lo aquídescrito o cualquier otro medio que a través del mismo servicio electrónico sedé a conocer.

     NOVENA: LÍMITE DE MONTOS INDIVIDUALES Y AGREGADOS DIARIOS.  “LA CAJA”, a través del ServicioBanca Electrónica por Internet tendrá para las transaccionesmonetarias los siguientes límites:

    a)   Diarios:

    i.     Sinlímite entre cuentas propias de "ELSOCIO".

    ii.   Pendiente definir montos  propuestos por Administración de Riesgos

     

     DÉCIMA: HORARIOS DEL SERVICIO.El servicio de la Banca Electrónica podrá ser utilizado por “EL SOCIO”en los siguientes horarios:

    Operación

    Horario

    Transferencias entre cuentas propias aperturadas en “LA CAJA”

      Lunes a viernes de las 8:00 a 20:00 horas.

    Transferencias a cuentas de terceros socios de “LA CAJA”

    Lunes a viernes de las 8:00 a 20:00 horas.

    Pago de préstamos propios o de terceros otorgados por la “LA CAJA”, con dinero de sus cuentas de depósito, que tenga aperturadas en “LA CAJA”.

    Lunes a viernes de las 8:00 a 22:00 horas.

    Consultas de Saldos, últimos 5 movimientos o Estados de cuenta que los productos que tenga contratados con “La CAJA”

     De lunes a domingo las 24 hrs.

    Establecer límites máximos personales para las operaciones realizadas mediante la Banca Electrónica, así como consultarlos y/o modificarlos.

    De lunes a domingo las 24 hrs.

    Elservicio de la Banca Electrónica estará disponible los 365 días del año, sin embargo,las transacciones que se realicen posterior a las 16:00 hrs –(horario de lacooperativa), se verán reflejadas hasta el siguiente día hábil.

    Laprestación del servicio de la Banca Electrónica estará sujeto al buen y normalfuncionamiento de las redes de transmisión de los servicios detelecomunicación, y/o de los servicios de electricidad, y/o de los procesosdiarios de los sistemas de “LA CAJA”, y/o de los sistemas tecnológicosusados por “LA CAJA”.

    Cualquierconsecuencia de pagos realizados a través de la Banca Electrónica, posterior ala fecha de vencimiento de estos, será responsabilidad de “EL SOCIO”, sidicha tardanza es provocada por una instrucción de pago tardía de “EL SOCIO”.

    Quedaentendido por “LAS PARTES” que, en cualquier transacción efectuada através de la Banca Electrónica confirmará a “EL SOCIO” que latransacción se ha completado; sin embargo, si por alguna razón la transacciónno puede ser procesada debido a causas distintas de aquellas propias delfuncionamiento de la Banca Electrónica, “LA CAJA” no será responsable.

    DÉCIMA PRIMERA: COMPROBANTE DEOPERACIÓN Y NOTIFICACION DE LAS OPERACIONES REALIZADAS. - Todas las operaciones que realice “EL SOCIO”mediante la Banca Electrónica recibirán un correo electrónico registradopreviamente con la información de la operación realizada. En caso de que“EL SOCIO” haya proporcionado una dirección de correo electrónico a “LACAJA”, esta última notificará por medio de un correo electrónico a “ELSOCIO”, la información de cada operación realizada mediante la BancaElectrónica, así como por mensaje de texto al número de celular registrado por “ELSOCIO”

    "EL SOCIO" podrá consultaro descargar en el historialde últimos movimientos los comprobantes electrónicos de las operaciones realizadas con anterioridad, dentro CP TONAYA Web y CP TONAYA Móvil, dentro, otorgándolepara tal efecto un plazo de tresmeses a partir de la fecha en que se generó dicho comprobante electrónico. Todocomprobante electrónico que exceda el plazo antes mencionado no podrá ser consultado a través de este ocualquier otro servicio, solo se podrá verificar la operación en su estado decuenta.

    DECIMO SEGUNDA: ALERTAS Y NOTIFICACIONES.- “LA CAJA” estáobligada a notificar a "ELSOCIO" a través del Servicio Banca Electrónica por Internet y sin costo alguno para él, respecto de lassiguientes operaciones:

    a)   Traspasos internos inmediatos oprogramados a cuentas de otros Socios.

    b)   Pagode créditos.

    c)    Modificaciónde montos de límites diarios.

    d)   Registrode cuentas destino de otros socios.

    e)    Altay modificación del medio de notificación.

    f)    Modificacióna las condiciones previamente contratadas.

    g)  Desbloqueo de Contraseña yreactivación del servicio.

    h)   Modificaciónde Contraseña.

    "EL SOCIO" podráconfigurar el medio por el cual recibirá, las notificaciones y alertasrelacionadas a las operaciones de este servicio, mediante el Servicio Banca Electrónica por Internet, dentro deCP TONAYA Web y CP TONAYA Móvil, sin embargo "EL SOCIO" no podrá desactivar o inhabilitar lasnotificaciones antes señaladas ya que el propiosistema lo impedirá.

    La notificación mostrará un resumende la operación efectuada como confirmación, por lo que en ningún caso “LACAJA” enviará Información Sensible de "EL SOCIO" a través de los medios de comunicación.

    "LAS PARTES" convienenque podrá elegir el medio de comunicación para:

    i.     Recibirnotificaciones exclusivamente a través de correo electrónico, y/o

    ii.    Recibirnotificaciones a través de Mensajes de texto SMS a través del número deteléfono móvil.

    iii.   NotificacionesPUSH al teléfono móvil registrado para el uso del servicio, siempre y cuando seencuentre dado de alta como Dispositivo de Acceso móvil.

    iv.   Mensajesseguros dentro del mismo servicio, o

    v.    Norecibir ninguna notificación en alguno de los dos medios antes mencionadoscuando el servicio lo permita.

    Tratándose de modificaciones que realice "EL SOCIO" a alguno de los medios de notificación, “LA CAJA” le notificará el cambio que se ha realizado, a "ELSOCIO" sobre dicho cambio,tanto en el nuevo medio de comunicación, como en el anterior.

    Durantela vigencia del presente Contrato, “LACAJA” podrá adicionar medios de notificación o alertas distintos a losseñalados en la presente cláusula en el momento que así lo crea conveniente, sin ser necesariola aceptación de "ELSOCIO", y será opción de este hacer o no uso de dichas adiciones. Así mismo “LACAJA” podrá eliminar los medios de notificación o alertas que creaconveniente, avisando con 30 días de anticipación a "EL SOCIO" sobre dichoscambios.

    “LA CAJA” noestará obligada a realizar la notificación a que se refiere la presentecláusula en caso fortuito o de fuerza mayor, o cuando "EL SOCIO" no registrecorrectamente algún medio de comunicación o por cualquier causa ajena a “LA CAJA”. En cualquiera de estossupuestos "EL SOCIO",absuelve de cualquier responsabilidada “LA CAJA” por la falta de notificación respectiva.

    DÉCIMA  TERCERA: RIESGOS INHERENTES AL SERVICIOELECTRÓNICO POR INTERNET, RECOMENDACIONES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD.- Para todas las operaciones realizadas a través del ServicioBanca  Electrónica por Internet, “LA CAJA” proporcionará gratuitamente a "EL SOCIO" en los medios de comunicación que establezca paradicho efecto como lo son  avisos trasmitidos en las pantallas ubicadasdentro de las sucursales, sitio web de “LA CAJA”, y medios impresos informaciónpara evitar posibles fraudes en el servicio contratado.

          Asimismo, "EL SOCIO" reconoce y acepta que todas las operaciones realizadas en el ServicioBanca Electrónica por Internettraen riesgos inherentes los    cuales se le darán a conocer en los medios anteriormente señalados para prevenir la realización de operaciones irregulares o ilegales que vayan en detrimento de "EL SOCIO", así hace de su conocimiento lassiguientes medidas de seguridad que debe considerar:

    I.                    El indicador de usuario, laspreguntas de seguridad y los factores de autenticación, son las llaves paraingresar a la Banca Electrónica, sirven de identificación en el sistema y sonutilizados en lugar de nombre y firma de “EL SOCIO”, por lo tanto,deberán ser de uso exclusivo del socio.

    II.                  Se recomienda modificar lascontraseñas de autenticación periódicamente.

    III.                 No abrir en su computadora correoselectrónicos, archivos o ligas que reciba de personas desconocidas, ya quepueden ser virus o programas con los cuales intentan obtener sus contraseñas.

    IV.                “LA CAJA”nunca solicita información relacionada con sus cuentas o servicios financieros,y mucho menos solicita su “contraseña de acceso”, ni tampoco su “contraseña deoperaciones” por ningún medio (correo electrónico, mensajes de texto, teléfono,teléfono móvil, etc.)

    V.                  No instalar programas que nocuenten con la licencia o autorización de su propietario.

    VI.                Consultar las recomendaciones deseguridad que “LA CAJA” emitirá mediante los medios de comunicaciónpropios de “LA CAJA”, ya que estas se actualizarán periódicamente.

    VII.              Reportar el robo su teléfonocelular, ya que este genera las contraseñas de un solo uso, mediante las cualesse realizan las operaciones.

    ELSOCIO” declara conocer que el servicio de la Banca Electrónica incluyealgunos riesgos relacionados a la información confidencial del mismo, así comootros relacionados a decisiones que “EL SOCIO” tomará o esperará tomarcon base en la información recibida mediante el uso del servicio de la BancaElectrónica no obstante, ha aceptado utilizar el servicio de la Banca Electrónicaal considerar que sus ventajas y beneficios lo ameritan, razón por la cual noresponsabilizará de ninguna forma a “LA CAJA” por los daños que talesriesgos le puedan ocasionar.

    “ELSOCIO” es responsable por seguir las instrucciones y parámetros dadospara la utilización del servicio de la Banca Electrónica y efectuartransacciones, y “LA CAJA” no es responsable por cualquier error quecause “EL SOCIO” al realizar las mismas.

    ELSOCIO” es responsable por suministrar la información o las instrucciones enforma correcta, o por realizar las instrucciones de pago en los horariosestablecidos por “LA CAJA” en la cláusula Novena del presente contrato.

    “ELSOCIO” acepta que “LA CAJA” podrá proporcionarle informaciónperiódicamente, sobre los riesgos inherentes a la utilización del servicio dela Banca Electrónica, así como sugerencias para prevenir la realización deoperaciones irregulares o ilegales que vayan en detrimento del patrimonio de “ELSOCIO” y de “LA CAJA”. De igual manera, “EL SOCIO” aceptarecibir asesoría personal, al momento de la contratación de la BancaElectrónica en cualquiera de las sucursales de “LA CAJA”.

     

    DÉCIMA CUARTA. - RESPONSABILIDAD POR VIOLACIÓN DE SISTEMAS TECNOLOGICOS. LAS PARTES” por estemedio reconocen que todos los sistemas tecnológicos, incluidos los de “LACAJA”, pueden ser vulnerables y susceptibles de seratacados y penetrados, de forma ilegal y sin autorización por terceraspersonas, por lo cual estos terceros pudiesen apropiarse y hacer uso indebidode la información almacenada en tales sistemas tecnológicos, por lo que en casode que sean detectados por “LA CAJA”, esta última tomará las medidas que sean necesarias paraesos efectos, incluyendo informar de forma oportuna al “ELSOCIO” para reducir la posibilidad de sufrir algunaafectación.

     

    Para elsupuesto en que presenten vulnerabilidades y riesgos asociados a los serviciosmencionados, “LA CAJA” hará delconocimiento de las autoridades competentes de forma inmediata los incidentesde Seguridad de la Información, además, llevará a cabo una investigacióninmediata sobre las causas que generaron el incidente y establecerá un plan detrabajo que describa las acciones a implementar para eliminar o mitigar losriesgos y vulnerabilidades que propiciaron el mencionado incidente. “LACAJA” procurará la operación continua de lainfraestructura de cómputo y de telecomunicaciones, así como dar pronta solución,para restaurar el servicio de la Banca Electrónica, en caso de presentarsealgún incidente.

     

    DÉCIA QUINTA: SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. “LA CAJA” podrá suspender el servicio de la BancaElectrónica, sin necesidad de dar aviso previo a “ELSOCIO”, y sin responsabilidad alguna para “LACAJA”, en los siguientes supuestos:

     

    I.     Por fallas odaños en los sistemas y/o redes de telecomunicación, propios o de terceros,fallas o daños en los servicios públicos de electricidad o en los sistemastecnológicos utilizados por “LA CAJA” para la prestación de la BancaElectrónica.

    II.    En casos fortuitoso hechos de fuerza mayor, por trabajos de mantenimiento y reparación requeridosa causa de daños o actos ocurridos de forma imprevista; o

    III.  Cuando “LACAJA” lo considere conveniente para proteger y mantener la integridad delservicio de la Banca Electrónica.

     

    DECIMA SEXTA. - CANCELACIÓN DELSERVICIO. - Consistirá en la suspensión definitiva del servicio y en lainvalidación de la Contraseña y ContraseñaDinámica correspondientes, por lo que “LACAJA” podrá cancelar el servicio sin necesidad de dar aviso previo "EL SOCIO" y sin responsabilidad alguna a “LA CAJA”, la cual procederá por lassiguientes causas:

    a)      Asolicitud por escrito de "EL SOCIO" titular, previa identificación en cualquier sucursal“LA CAJA” se cerciorará de la autenticidad y veracidad de laidentidad de "EL SOCIO" confirmando los datos personalmentepara poder llevar a cabo esta acción, debiendo firmar de conformidad lasolicitud de cancelación del servicioestablecida por “LA CAJA” para dichofin, de la cual se le proporcionará a "ELSOCIO" un acuse de recibido de dichoformato.

    b)      Por baja de "EL SOCIO" dela Sociedad.

    c)      Cuando el servicio ya no seaproporcionado por “LA CAJA”,notificando a "EL SOCIO" con90 días de anticipación a través de los medios de comunicación que setengan registrados y de los medios electrónicos de los que disponga “LA CAJA”.

    d)      Por orden de la autoridad donde “LA CAJA”deberá notificar a "ELSOCIO" con 30 días de anticipación a través de los medios de comunicación que   se tengan registrados.

    “LA CAJA” enel proceso de Cancelación, realizará la liberación del Identificador de Usuarioutilizado por "EL SOCIO" enel Servicio Electrónico por Internet,para garantizar que ya no podrá ser utilizado a partir de la cancelación delservicio.

    Elpresente contrato se dará por terminado el mismo día de la presentación de lasolicitud por parte de "ELSOCIO", quien tendrá la responsabilidad de cancelar las operaciones programadas que tenga activasya que en caso contrario estas se seguirán aplicando en las fechas programadas.Una vez presentada la solicitud de cancelación del servicio, “LACAJA”, I) se abstendrá de condicionar la cancelación del presente contratoy II) no podrá cobrar comisión o penalización alguna por la terminación del presente contrato.

    "EL SOCIO" contará con un periodode gracia de 10 (diez)días hábiles posteriores a la firmadel presente contratopara cancelar el servicio, en cuyo caso “LA CAJA” no podrá cobrar comisiónalguna y sin responsabilidad a su cargo, siempre y cuando éste no hayautilizado u operado ninguno de los productos oservicios contratados.

    DÉCIMA SÉPTIMA. - PROPIEDAD. -"EL SOCIO" reconoce que “LA CAJA” es la única y exclusiva titular de los derechos dedominio, propiedad industrial yautoral que se contengan en el sistema, por lo que en ningún motivo podrácopiar o modificar el mismo, ni será considerado licenciatario o cesionario respecto del sistema y solo podráutilizarlo en los términos y condiciones pactados en el presente contrato.

    DÉCIMA OCTAVA. - BITÁCORA. - “LACAJA” hace de conocimiento de "ELSOCIO" que las operaciones realizadas a través de Medios Electrónicos se generan y guardan en una bitácora,misma que podrá ser solicitada para su consulta e impresión por "EL SOCIO" mediante Unidad Especializadade Atención a Usuarios. "ELSOCIO" es responsable deverificar que las instrucciones operadas hayan quedado debidamente registradasen la Bitácora.

    Dichabitácora contendrá la fecha, hora (hh:mm:ss) número de cuenta origen y destinoy demás información que permita identificar el mayor número de elementos involucrados en los accesos a los mediosde comunicación y los datos de las consultas y operaciones incluyendo en sucaso las direcciones de los protocolos de interneto similares.

    DÉCIMA NOVENA: COMISIONES. - “LACAJA” cobraráal "EL SOCIO" las siguientes comisiones por el usode los servicios que se describen en el presente contrato.

    Operación

    Costo

    Periodicidad

    Transferencias entre cuentas propias aperturadas en “LA CAJA

    Sin costo

     

    Transferencias a cuentas de terceros socios de “LA CAJA”

    Sin costo

     

    Pago de préstamos propios o de terceros otorgados por la “LA CAJA”, con dinero de sus cuentas de depósito, que tenga aperturadas en “LA CAJA”

    Sin costo

     

    Consultas de Saldos,

    Consulta de los últimos 5 movimientos

    Consulta de Estados de cuenta que los productos que tenga contratados con “La CAJA”

    Sin Costo

     

    Establecer límites máximos personales para las operaciones realizadas mediante la Banca Electrónica, así como consultarlos y/o modificarlos.

     Sin costo

     

    VIGESIMA: MODIFICACIÓN DELCONTRATO. - Cualquier modificación a los términos de este instrumento, serádada a conocer a "EL SOCIO" porlo menos con 30 (treinta) días naturales de anticipación a la entrada en vigor de dichasmodificaciones, a través deavisos visibles en las sucursales de “LACAJA”; para el efecto de que "ELSOCIO" manifieste su conformidad o inconformidad con las nuevas condiciones.

     

    Encaso de que "EL SOCIO" nomanifieste inconformidad alguna, dentro de los 30 días naturales siguientes ala recepción del estado de cuenta o de que tenga conocimiento de las modificaciones por cualquiera de los mediosseñalados en el párrafo anterior, se entenderán por aceptadas las condicionescontractuales modificadas. De igualmanera el uso o la continuación en el empleo o utilización del Servicio sobreel que se haya realizado la modificación o adición se considera como un consentimiento expreso respectodel cambio generado. No obstante, lo anterior si "EL SOCIO" desea darlo por terminado tendrá derecho arealizarlo en caso de no estar deacuerdo.

    "EL SOCIO" podrásolicitar la cancelación del servicio dentro de los 30 días posteriores alaviso arriba señalado, sin responsabilidad alguna a su cargo, y bajo las condiciones anteriores a la modificación,en el entendido de que las modificaciones al contrato entrarán en el plazoreferido en el párrafo que antecede; debiendocubrir en su caso los adeudos que se generen hasta el término de laoperación o el servicio.

    VIGESIMA PRIMERA: PLAZO YTERMINACIÓN DEL CONTRATO. - Elpresente contrato tendrá una duración indefinida, sin embargo, cualquier de “LASPARTES” podrá darlo por terminado en cualquier momento.

     

    “EL SOCIO” podrá dar por terminado el presente contrato dentrodel periodo de diez días hábiles posteriores a su firma sin responsabilidadalguna y sin el cobro de comisión alguna, siempre y cuando no haya utilizado elservicio contratado.

    “EL SOCIO” podrá dar por terminado el presente contrato encualquier momento, sin cobro de comisión alguna ni penalidad, para lo cualdeberá de presentar en cualquiera de las sucursales una solicitud por escrito yfirmada, “LA CAJA” solicitará a “EL SOCIO” su identificación oficialvigente.

     

    “LA CAJA” deberá proporcionar a “EL SOCIO” acuse derecibo y clave de confirmación o número de folio y deberá cerciorarse de laautenticidad y veracidad de la identidad de “EL SOCIO” que formule lasolicitud de terminación respectiva, para lo cual, “LA CAJA” deberáconfirmar los datos de “EL SOCIO”, cesando en este momento cualquierresponsabilidad de “EL SOCIO” por el uso de la Banca Electrónica.

     

    “EL SOCIO” reconoce que, si diera por terminado el presentecontrato, se dará por terminado el servicio de la Banca Electrónica.

     

    “LA CAJA”, previo aviso dado a “EL SOCIO” con treinta(30) días naturales de anticipación, podrá dar por terminado el presentecontrato. Dicho aviso podrá efectuarse a través de la página mediantecolocación de avisos o carteles en lugares visibles de las sucursales ycualquier otro medio que esté al alcance de “LA CAJA”.

     

    La terminación del presente contrato noimplica la terminación de las cuentas de depósitos o créditos que “EL SOCIO”tenga aperturadas en “LA CAJA”, únicamente se cancelará el serviciode la Banca Electrónica.

    VIGÉSIMA SEGUNDA:RESPONSABILIDADES DEL SOCIO .- Será responsabilidad de "EL SOCIO" el uso de medidasde seguridad para prevenir que la información pueda ser conocida por personas no autorizadas distintasa su destinatario, como pudiera ser, entre otras, la custodia de los Medios Electrónicos por el cual esté accediendo  a este servicio, deigual manera una vez que sea definida la Contraseña por "EL SOCIO", será su responsabilidad el resguardo y uso dela misma ya que dicha Contraseña será considerada única e intransferible ; por lo que será de su exclusiva responsabilidad cualquier quebranto que pudiera sufrir como consecuencia del  uso indebido de la misma.

    Por lo que "EL SOCIO" manifiesta y acepta que las operaciones e instrucciones que realice y los serviciosque se presenten mediante el uso de la  contraseña lo identifican plenamente ante “LA CAJA”, por lo que la expresión desu consentimiento otorgado por estos medios respecto de las operaciones, instrucciones y contratación de productosserán absolutamente validos no pudiendo ser desconocidos, revocados, repudiadoso rechazados por "EL SOCIO" ante “LACAJA” respecto de laidentificación así como de la realización de operaciones o contratación deproductos y servicios.

    “LA CAJA” noserá responsable por omisiones, negligencias, o descuidos de "EL SOCIO", respecto del usodel Servicio Electrónico por Internet realizados en sus dispositivos por terceras personas sin autorización de "EL SOCIO". Por lo quecualquier convención relativa a los servicios financieros que sea efectuada a travésde los Medios Electrónicos mediante el uso de contraseña, representa unacuerdo de voluntades entre "EL SOCIO" y “LA CAJA”.

    “LA CAJA” noserá responsable en ningún caso, de afectación alguna, incluyendo daños,pérdidas inherentes o consecuentes que surjan en relación con el servicio, o su uso o imposibilidad de usopor alguna de "LAS PARTES",o en relación con cualquier falla en el rendimiento, error, omisión,interrupción, defecto, demora en laoperación o transmisión.

    Asimismo,el "EL SOCIO" para todoslos efectos legales a que haya lugar, expresamente reconoce y acepta elcarácter personal e intransferible del Identificador de Usuario y la Contraseña, así como su confidencialidad. En caso de que "EL SOCIO" tenga conocimiento o crea que ha habido cualquier violaciónde la seguridad tal como elrobo del Dispositivo de Acceso o el uso no autorizado de su Identificador deUsuario y su Contraseña, deberá notificarlo inmediatamente mediante llamadaal Centro de Atención Telefónica designado por “LA CAJA”, para bloquear el acceso al Servicio Electrónico porInternet.

    Sinperjuicio de lo anterior, “LA CAJA” harádel conocimiento de "EL SOCIO"de forma gratuita a través de correo electrónico, Mensajes de texto SMS o mediante publicaciones en los medios decomunicación que “LA CAJA” determine,las medidas y recomendaciones que puede llevar a cabo para evitar posibles fraudes en el uso de losproductos o servicios financieros contratados.

    Conmotivo de la contratación de los Servicios Electrónicos por Internet "EL SOCIO" tendrá las siguientes obligaciones y responsabilidades:

    1.    Transmitir sus instrucciones a través de un equipo seguro, no comprometer la seguridad de su Contraseña, cumplir con las recomendaciones de seguridad que   establezca“LA CAJA” para la prevención en la realización de operacionesilícitas, indebidas, no autorizadas, irregulares o ilegales como tal.

    2.    Es responsable de la confidencialidad y custodia de aquella información que obtenga a través de los sistemasde “LA CAJA” y que de alguna formaconserve en su equipo o en los equipos que utilice en la realización desus operaciones y servicios.

    3.   Responsabilizarse sobre lasoperaciones que realice a través del Servicio Electrónico por Internet en susdiferentes plataformas.

    4.    Notificar inmediatamente a “LA CAJA”liberándola de toda responsabilidad de cualquier irregularidad, uso indebido, bloqueo,desactivación, robo, perdida o extravió de los dispositivos móviles,Contraseña o Contraseña Dinámica debiéndose comunicar al Centro de AtenciónTelefónica.

    Lainformación e instrucción que "ELSOCIO" transmita o comunique a “LACAJA” mediante el Servicio Electrónico por Internet tendrán pleno valor probatorio y fuerza legal para acreditarla operación realizada, el importe de la misma, su naturaleza, así como lascaracterísticas y alcances de sus instrucciones.

    Porlo que "EL SOCIO" en esteacto manifiesta su conformidad y está obligado en lo sucesivo a reconocer yaceptar como su firma autógrafa los medios deidentificación y acceso al Servicio Electrónico por Internet y con ellootorgando su consentimiento respecto de los términos y condiciones del presenteinstrumento.

    VIGÉSIMA TERCERA:RESPONSABILIDADES Y ALCANCE DE RESPONSABILIDAD DE LA CAJA. - secompromete a adoptar las medidas necesarias para que los servicios que preste,a través de la Banca Electrónica por Internet, funcionen adecuadamente, estandoobligado “EL SOCIO” a cumplir y ejecutar las medidas de seguridad que “LACAJA” requiera para verificar la autenticidad de las instruccionesbrindadas a través de la Banca Electrónica por Internet.

    “LACAJA” es responsable de actuar únicamente con las instrucciones quereciba del “EL SOCIO” por medio de la Banca Electrónica por Internet.

    “LACAJA” no será responsable de ninguna pérdida en los siguientes casos:

    I.                    Si “EL SOCIO” no tuviese elsaldo suficiente en su cuenta para hacer alguna transacción;

    II.                  Si alguna de las cuentas donde estitular “EL SOCIO” mantiene un secuestro, embargo o se encuentra sujetaa alguna restricción originada en una orden de autoridad competente;

    III.                Si “EL SOCIO” ha sidoinformado por “LA CAJA” de la existencia de un problema con el serviciode la Banca Electrónica por Internet y, no obstante, lo utiliza; o

    IV.                Por circunstancias, más allá delcontrol de “LA CAJA”, o un desastre natural como inundaciones, terremotos,incendios u otros similares.

     “LA CAJA” no se hace responsable porfallas en el funcionamiento del sistema, o fallas derivadas de problemas con lacomunicación que afecten la forma y la rapidez en que se presenta lainformación

     

    VIGÉSIMA CUARTA: CENTRO DEATENCIÓN TELEFÓNICA. - "EL SOCIO" podrásolicitar a través de una llamada al Centro de Atención Telefónica, información sobre la operación del Servicio Electrónico por Internet, en la cual el personaldesignado por “LACAJA” deberá autenticar previamente a "ELSOCIO" para atender lassiguientes operaciones:

    i.    Bloqueo del servicio.

    ii.    Desbloqueodel servicio.

    iii.   Restablecimientode la Contraseña.

    iv.   Sugerenciasal servicio.

    v.   Reporte de problemas con elservicio.

     

     

    VIGÉSIMA QUINTA: RESTRICCIONES OPERATIVAS.- “LA CAJA” no estará obligada a prestar elServicio Electrónico por Internet, en los siguientes casos:

    a.   Cuando sea solicitado fuera de los días hábiles y de los horariosestablecidos por "LA SOCIEDAD".

    b.    Cuandola información transmitida sea insuficiente, inexacta, errónea, incompleta,etc.

    c.   Cuando las cuentas destinode otros socios no se encuentren registradas en el ServicioElectrónico por Internet,o bien se encuentren canceladas aun cuando no hubierensido dadas de baja del servicio.

    d.   Cuando no se pudierenefectuar los cargos debido a que en las cuentas no se mantengan fondos disponibles suficientes, o bien cuando las cuentas no tengansaldo a su favor.

    e.   Por causa de caso fortuito o fuerza mayor o por cualquier causaajena al control de “LA CAJA”.

    f.    Cuando exista mandato de laautoridad.

     

    VIGÉSIMA SEXTA. - UNIDAD ESPECIALIZADA DE ATENCIÓN A USUARIOS. - En cumplimiento a lalegislación aplicable, “LA CAJA” pone a su disposición los datos adicionales de identificación, localizacióny contacto de la UNIDAD ESPECIALIZADA DE ATENCIÓN A USUARIOS de CAJA POPULARNUESTRA SEÑORA DE TONAYA:   

    UNE  Se modificara toda esta información ombreada de rojo

    Responsable: Srita Elvia Carolina Galindo Paz

    Domicilio: Javier Mina 110,  Col. Centro. C.P. 48760, Tonaya, Jalisco

    Teléfonos: 343 43 10 2 93 y 343 43 10 5558 Ext14

    Dirección de internet: www.cajapopulartonaya.com.mx

    Correo electrónico tonayacpgerencia@prodigy.net.mx

    Horarios de atención: Lunes a viernes de 8:00a 16:00 hrs (Horario corrido)

    Centro de atención telefónica dela Comisión Nacional para la protección y Defensa de los Usuarios de ServiciosFinancieros CONDUSEF:

    Teléfonos: 800 999 8080, (55) 5340 0999,

    la página de internet:www.condusef.gob.mx y el correo electrónico: asesoria@condusef.gob.mx

    VIGÉSIMA SEPTIMA: PROCEDIMIENTOPARA ACLARACIONES, RECLAMACIONES Y SERVICIOS DE ATENCIÓN A USUARIOS. - En caso deque "EL SOCIO" no esté deacuerdo con alguno de los movimientos reflejados en el estado de cuenta respectivo o enel comprobante expedido por derogaciones realizadas a través del ServicioElectrónico por Internet, se podrá sujetar al siguiente procedimiento:

    Cuandoel monto reclamado por transacción no exceda del equivalente en moneda nacionalde 50,000 Unidades de Inversión a la fecha de presentación de la reclamación, “ELSOCIO” podrá optar por el siguiente procedimiento:

    Encaso de que “EL SOCIO” no esté de acuerdo con alguno de los movimientosreflejados en el estado de cuenta respectivo o en el comprobante  emitido por la Banca Electrónica de "LACAJA", así como con cualquier tema relacionado con la operación oservicio contratado, se podrá sujetar al siguiente procedimiento:

            I.           Cuando “EL SOCIO” no estéde acuerdo con alguno de los movimientos que aparezcan en el estado de cuentarespectivo o en los medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnologíaque se hubieren pactado, podrá presentar una solicitud de aclaración dentro delplazo de noventa días naturales contados a partir de la fecha de corte o, en sucaso, de la realización de la operación o del servicio.

    Lasolicitud respectiva podrá presentarse ante la sucursal de “LA CAJA”, obien, en la unidad especializada, mediante escrito, correo electrónico ocualquier otro medio por el que se pueda comprobar fehacientemente surecepción. En todos los casos, “LA CAJA” estará obligada a acusar derecibo dicha solicitud.

    Tratándosede cantidades a cargo de “EL SOCIO” dispuestas mediante cualquiermecanismo determinado al efecto por la Comisión Nacional para la Protección yDefensa de los Usuarios de los Servicios Financieros en disposiciones decarácter general, “EL SOCIO” tendrá el derecho de no realizar el pagocuya aclaración solicita, así como el de cualquier otra cantidad relacionadacon dicho pago, hasta en tanto se resuelva la aclaración conforme alprocedimiento a que se refiere esta cláusula.

           II.           Una vez recibida la solicitud deaclaración, “LA CAJA” tendrá un plazo máximo de cuarenta y cinco díaspara entregar a “EL SOCIO” el dictamen correspondiente, anexando copiasimple del documento o evidencia considerada para la emisión de dicho dictamen,con base en la información que, conforme a las disposiciones aplicables, debaobrar en su poder, así como un informe detallado en el que se respondan todoslos hechos contenidos en la solicitud presentada por “EL SOCIO”.

    Eldictamen e informe antes referidos deberán formularse por escrito y suscribirsepor personal de “LA CAJA” facultado para ello. En el evento de que,conforme al dictamen que emita “LA CAJA”, resulte procedente el cobrodel monto respectivo, “EL SOCIO” deberá hacer el pago de la cantidad asu cargo, incluyendo los intereses ordinarios conforme a lo pactado, sin queproceda el cobro de intereses moratorios y otros accesorios generados por lasuspensión del pago realizado en términos de este contrato.

         III.           Dentro del plazo de cuarenta ycinco días naturales, contados a partir de la entrega del dictamen a que serefiere la fracción anterior, “LA CAJA” estará obligada a poner adisposición de “EL SOCIO”, en la sucursal en la que radica la cuenta, obien, en la unidad especializada de “LA CAJA”, el expediente generadocon motivo de la solicitud, así como a integrar en éste, bajo su más estrictaresponsabilidad, toda la documentación e información que, conforme a lasdisposiciones aplicables, deba obrar en su poder y que se relacionedirectamente con la solicitud de aclaración que corresponda y sin incluir datoscorrespondientes a operaciones relacionadas con terceras personas;

         IV.           En caso de que “LA CAJA” nodiere respuesta oportuna a la solicitud de “EL SOCIO” o no le entregareel dictamen e informe detallado, así como la documentación o evidencia antesreferidos, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios delos Servicios Financieros, impondrá multa por un monto equivalente al reclamadopor “EL SOCIO”, y

          V.           Hasta en tanto la solicitud deaclaración de que se trate no quede resuelta de conformidad con elprocedimiento señalado en esta cláusula, “LA CAJA” no podrá reportarcomo vencidas las cantidades sujetas a dicha aclaración a las sociedades deinformación crediticia. Lo antes dispuesto es sin perjuicio del derecho de “ELSOCIO” de acudir ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa delos Usuarios de Servicios Financieros o ante la autoridad jurisdiccionalcorrespondiente, conforme a las disposiciones legales aplicables, así como delas sanciones que deban imponerse a “LA CAJA” por incumplimiento a loestablecido en la presente cláusula. Sin embargo, el procedimiento previsto enesta cláusula quedará sin efectos a partir de que “EL SOCIO” presente sudemanda ante autoridad jurisdiccional o conduzca su reclamación en términos yplazos de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros

     

    VIGÉSIMA OCTVA: CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓNDE DATOS PERSONALES.- Enatención y apego a lo establecido por la Ley Federal de Protección de DatosPersonales en Posesión de los Particulares, “LA CAJA”, hace del conocimientoa “EL SOCIO” que los datos personales que ha manifestado estarán sujetosa los mecanismos y observancia que prevé al efecto la citada Ley, por lo que “LACAJA” pone a disposición de “EL SOCIO” el AVISO DE PRIVACIDADINTEGRAL en su página de internet www.cajapopulartonaya.com.mx, en laoficinas y sucursales de “LA CAJA”, para que “EL SOCIO” conozcael manejo de sus datos personales, así como los medios para que acceda,rectifique, cancele, se oponga al manejo o intercambio de sus datos personales.

    Laautorización de intercambio de información de los datos personales de “ELSOCIO”, para que puedan ser utilizados con fines mercadotécnicos opublicitarios, que se estipula en el presente contrato, puede ser revocada laautorización por “EL SOCIO”, en cualquier momento, presentando unasolicitud por escrito en cualquiera de las sucursales de “LA CAJA” ocuando “EL SOCIO” se inscriba en el Registro Público de Usuarios de laComisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de ServiciosFinancieros (CONDUSEF), a través de la página de internet www.condusef.gob.mx.,

    Deigual forma, “LA CAJA” se obliga aguardar estricta confidencialidad en la información personal de "EL SOCIO" y no podráotorgarse sino al propio Socio,apoderado o tercero autorizado en términos de las disposiciones legalesaplicables, garantizando “LA CAJA” entodo momento el sigilo financiero en susoperaciones. Esta obligación no será aplicable cuando se trate derequerimientos de información que las autoridades regulatorias, judiciales yadministrativas las requieran, en losprocedimientos en que "ELSOCIO" sea parte, conformea las características y condiciones que señalen en las leyes aplicables.

    VIGÉSIMA NOVENA: VOLUNTADDE "LAS PARTES".- "LAS PARTES" manifiestan que en el presente contratono existe dolo,mala fe, erroro cualquiera de los viciosdel consentimiento que anulen el presente contrato.

    TRIGESIMA: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.-   Elpresente Contrato se rige de acuerdo a las Leyes de los Estados UnidosMexicanos, particularmente por lo previsto en la Ley para Regular lasActividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, la LegislaciónCivil Federal aplicable de manera supletoria. En caso de controversia, “ELSOCIO” podrá presentar su reclamación ante la Comisión Nacional para laProtección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), enlos términos de la Ley de Protección y Defensa de los Usuarios de ServiciosFinancieros. De no someterse, las partes, a la jurisdicción de la CONDUSEF,para todo lo relativo a la interpretación, ejecución y cumplimiento del presentecontrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de losTribunales del domicilio de la ciudad donde se firma el presente contrato, aelección de la parte actora. Para los efectos del presente contrato, seentenderá como lugar y fecha de firma el señalado en el presente contrato

    TRIGESIMA PRIMERA: Ala firma del presente contrato “LA CAJA” entrega a "EL SOCIO", la siguiente documentación:

    a)   Un ejemplar del presente contrato.

    Leído y ratificado el presente contrato,se expide por duplicado quedando un ejemplar en poder de “LACAJA” y otro en poder de "EL SOCIO", en la ciudad de                 ,                                           alos                                                   díasdel mes de                                          de202_.

     

     

     

    “EL SOCIO”

     

     

     

     

    Nombre y Firma

    “LA CAJA”

     

     

     

    Nombre y firma del Representante Legal o

    Apoderado legal con facultades de la firma del

    Presente contrato

     

     

     

    AUTORIZACIÓN DE USO DE INFORMACIÓN DE DATOS PERSONALES PARA FINESMERCADOTÉCNICOS O PUBLICITARIOS

    SI ( ) NO ( ) Autorizo a “LA CAJA”, para que la informaciónde mis datos personales obtenida con motivo de la celebración del presentecontrato sea utilizada para fines mercadotécnicos o publicitarios, así comorecibir publicidad incluyendo la comercialización de productos o servicios ya seade “LA CAJA” o bien de un tercero. Este documento será vigente, hasta elmomento en que realice la revocación de esta, presentando una solicitud porescrito en alguna sucursal de “LA CAJA”, durante el horario de atención

     

    “EL SOCIO”

    Nombre y firma


    “LA CAJA”             "ELSOCIO"

    NOMBREY FIRMA DEL FUNCIONARIO FACULTADO                                                                                               NOMBRE Y FIRMA

     


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